Para
que quede claro desde un principio, el divorcio notarial resulta ser aquel que
permite a los cónyuges tramitar su divorcio de forma fácil como rápida frente a
un notario, y cabe señalar que está en sí resulta ser la forma más rápida de
divorciarse de manera amistosa, sin tener que pasar en ningún momento por el
juzgado para ello, claro siempre y cuando no se tengan hijos menores de edad o
incapacitados, además tienen que pasar como mínimo tres meses desde la
celebración del matrimonio para poder optar por esta opción.
No
cabe duda alguna que el divorcio
por un notario resulta
ser hoy en día el medio más rápido como económico para extinguir el vínculo
matrimonial, antes claramente sólo era permitido divorciarse a través del
juzgado, pero esto por suerte cambio, ya que la opción de divorciarse por medio
de un notario existe. En pocas palabras el divorcio notarial constituye la
posibilidad de divorciarse de mutuo acuerdo ante un notario, en vez de tener
que acudir ante un juez para ello, por lo que este en sí es un proceso
realmente mucho más sencillo como económico que el que es tramitado por vía
judicial.
Cabe
señalar que esta novedad ha sido introducida por la ley 15/2015, de 2 de julio,
de la Jurisdicción Voluntaria y claramente para acceder a dicha opción es
realmente necesario que el divorcio se pacte de común acuerdo y que se cumplan
además algunos requisitos, como los ya mencionados en el post, pues debe haber
un mutuo acuerdo, la pareja no debe tener hijos menores de edad o incapacitados
judicialmente.
Deben
tener legalmente más de tres meses de casados, ambos deben entregar una
escritura pública notarial, la cual contenga la declaración de voluntad de
divorcio, en conjunto del convenio regulador de divorcio, en el que además se
incluyan aspectos relacionados con la atribución del uso de la vivienda
familiar, como la liquidación del régimen económico matrimonial, contribución a
las cargas familiares o la pensión compensatoria, si esta procede legalmente.
Además
si tienen hijos mayores de edad, de igual forma tienen que presentar su
consentimiento ante el notario, es importante que entiendan que para que
proceda el divorcio por medio de esta opción ambos cónyuges deben acudir
personalmente ante el notario, de lo contrario el divorcio no procederá de ninguna
manera, también es obligatoria la presencia de un abogado, ya el mismo tendrá
que firmar también la escritura de divorcio a proceder, y se debe elegir el
notario del último domicilio común o en su defecto el habitual de cualquiera de
los dos cónyuges.
Asimismo,
se deben presentar algunos documentos necesarios, como los documentos de
identidad tanto de ambos cónyuges, como de los hijos mayores de edad y del
abogado, deben presentar el libro de familia, el certificado de inscripción del
matrimonio o en su defecto el certificado empadronamiento.
Ya, por último, una vez firmada la escritura el notario sí o sí tiene que remitirla a la Oficina General del Registro Civil para su plena inscripción.